Acerca de esta información:
Esta información fue preparada por la división de Defensa Legal de la Asociación Estadounidense de Diabetes® (ADA), líder nacional en información y defensa de la diabetes. Esta información cubre las normas estatales sobre el cuidado de la diabetes en las escuelas del Distrito de Columbia y puede no incluir todas las normas relevantes y los detalles importantes. Si bien la ADA se esfuerza por proporcionar información actualizada, las leyes y los recursos pueden cambiar con frecuencia. Esta información no es asesoramiento legal y se debe buscar asesoramiento legal profesional según sea necesario. 1. ¿El Distrito de Columbia permite que los miembros del personal escolar que no sean profesionales de la salud administren insulina?
Sí. Un empleado o agente capacitado de una escuela, que actúe bajo la supervisión general de un profesional de la salud autorizado, puede administrar medicamentos a un estudiante para la diabetes. CDCR 22-B610.2 (2014). Específicamente, las escuelas públicas deben capacitar y elegir al menos dos miembros del personal sin licencia a tiempo completo para brindar atención para la diabetes:
“Cada escuela debe contar con tres miembros del personal capacitados para administrar medicamentos a los estudiantes, y dos de estos miembros del personal deben estar especialmente capacitados para controlar la diabetes. Si su hijo necesita un tratamiento especial que la enfermera de la escuela no puede administrar, el supervisor de la enfermera de la escuela asignará a otra enfermera para que vaya a la escuela de su hijo a brindar el tratamiento”. Escuelas Públicas del Distrito de Columbia, Medicamentos y Tratamiento en las Escuelas
2. ¿El Distrito de Columbia permite que el personal escolar que no sea profesional de la salud administre glucagón?
Sí. Como se indicó anteriormente, el personal de las Escuelas Públicas del Distrito de Columbia que no cuente con licencia y que esté capacitado como proveedor de atención para la diabetes puede administrar medicamentos para la diabetes. CDCR 22-B610.2 (2014) .
Además, ahora se permite que las escuelas utilicen glucagón no designado en casos de emergencia. Las escuelas deben designar al menos a dos empleados para que reciban capacitación sobre la administración de glucagón.
“A más tardar el 1 de junio de 2024, el Departamento deberá obtener una orden permanente firmada por al menos un médico, asistente médico o enfermero de práctica avanzada con licencia en el Distrito para permitir que las escuelas públicas utilicen medicamentos de emergencia no designados. […] Cada escuela pública deberá designar al menos a 2 empleados o agentes de la escuela para que estén certificados en el uso de medicamentos de emergencia no designados y que estén disponibles para administrar medicamentos durante todas las horas de la jornada escolar”. Ley 25-124 del Distrito de Columbia.
3. ¿El Distrito de Columbia permite que los estudiantes autogestionen la diabetes en la escuela?
Sí. Para el autocontrol en general. Con la autorización por escrito de un padre y un profesional de la salud, un estudiante puede “poseer y autoadministrarse” medicamentos en la escuela, en cualquier momento y en cualquier lugar. Código de DC § 38-651.03. Esto incluye medicamentos para la diabetes. CDCR 22-B610.2 (2014) . Un estudiante puede ser “sujeto a medidas disciplinarias” por el uso indebido de medicamentos, pero no se le puede retirar el medicamento recetado. Código de DC § 38-651.10.
4. ¿El Distrito de Columbia permite que los estudiantes lleven suministros para la diabetes, como agujas, insulina y dispositivos para medir la glucosa en sangre?
Sí. Como se indicó, los estudiantes con autorización de un padre o un profesional de la salud pueden “poseer” medicamentos para la diabetes en la escuela y en las actividades escolares. Código de DC § 38-651.03 ; CDCR 22-B610.2 (2014 ). La ley estatal no es clara sobre si se debe permitir que un estudiante posea todo tipo de suministros para el cuidado de la diabetes, como glucómetros, pero tampoco existen barreras.
5. ¿El Distrito de Columbia permite que los estudiantes con diabetes lleven teléfonos celulares o dispositivos inteligentes para fines médicos?
Actualmente, el Distrito de Columbia no tiene restricciones ni prohibiciones estatales para el uso de teléfonos celulares en las escuelas. Sin embargo, cada escuela o distrito puede crear sus propias políticas. Si su hijo tiene problemas para acceder al teléfono celular en la escuela, comuníquese con nosotros al 1-800-DIABETES o envíe un correo electrónico a AskADA@diabetes.org . Puede encontrar recursos adicionales en nuestra página de inicio de Seguridad en la escuela .
Recursos:
Para obtener más información, consulte los siguientes recursos útiles:
- Sección 38-651.03 del Código del Distrito de Columbia, Plan de acción sobre medicamentos
- Sección 22-B610 del Reglamento Municipal del Distrito de Columbia (Descarga obligatoria)
Hay recursos adicionales sobre seguridad en la escuela disponibles en diabetes.org/safeatschool. Para recibir información y orientación sobre un problema de atención de la diabetes en la escuela, comuníquese al 1-800-DIABETES (1-800-342-2383) o AskADA@diabetes.org .