Seguro en la escuela

Colorado

Acerca de esta información:
Esta información fue preparada por la División de Defensa Legal de la Asociación Americana de la Diabetes® (ADA), líder nacional en información y defensa de la diabetes. Esta información abarca las normas estatales sobre el cuidado de la diabetes en las escuelas de Colorado y podría no incluir todas las normas relevantes ni detalles importantes. Si bien la ADA se esfuerza por proporcionar información actualizada, las leyes y los recursos pueden cambiar con frecuencia. Esta información no constituye asesoramiento legal y se recomienda buscar asesoramiento legal profesional según sea necesario.

1. ¿Colorado permite que el personal escolar que no sea profesional de la salud administre insulina?

Sí. Un estatuto estatal específico permite a las enfermeras delegar la administración de insulina al personal sin licencia:

“La inyección de insulina o glucagón es una tarea de enfermería que puede delegarse […] Las dosis de insulina pueden ser inyectadas por el Delegado [un miembro del personal de la escuela] según lo designado en el IHP [Plan de Salud Individualizado]. […]” 3 CCR 716-1-1.13 .

Sin embargo, el personal sin licencia solo puede administrar bolos de insulina diarios rutinarios, según el recuento de carbohidratos y los niveles de glucosa en sangre, y no se podrá delegar la selección del tipo de insulina ni la dosis. Las dosis correctivas de insulina no rutinarias solo se pueden administrar tras consultar con el personal de enfermería, los padres o el tutor y siguiendo estrictamente el plan de salud individualizado. 3 CCR 716-1-1.13 .

2. ¿Colorado permite que el personal escolar que no sea profesional de la salud administre glucagón?

Sí. Como se indicó anteriormente, una norma estatal específica permite al personal de enfermería delegar la administración de glucagón a personal sin licencia. 3 CCR 716-1-1.13 . Además, las personas sin licencia pueden brindar asistencia de enfermería en caso de emergencia. CO Rev Stat § 12-255-127.

3. ¿Colorado permite que los estudiantes autogestionen la diabetes en la escuela?

Sí. Los estudiantes capaces pueden autogestionar su atención. Si bien no existen normas específicas sobre el horario y el lugar de la atención, tampoco existen barreras:

“Cuando el Delegante [la enfermera escolar] determina que el Cliente [el estudiante] es capaz de autoadministrarse, como se documenta en el IHP [Plan de Salud Individualizado], el Delegante puede delegar al Delegado [un miembro del personal escolar] según lo designado en el IHP la verificación de la dosis de insulina mediante bomba o inyección”. 3 CCR 716-1-1.13 .

4. ¿Colorado permite que los estudiantes lleven suministros para la diabetes, como agujas, insulina y dispositivos para medir la glucosa en sangre?

Sí. Los estudiantes deben tener acceso a todo tipo de suministros para el cuidado de la diabetes. Un padre/tutor debe notificar a la enfermera/administrador escolar que el estudiante tomará sus medicamentos por sí mismo. La escuela puede restringir la autoadministración si el estudiante carece de madurez, responsabilidad, etc.

El padre, madre o tutor legal de un estudiante que requiera medicamentos recetados deberá notificar a la administración o a la enfermera escolar sobre las necesidades médicas del estudiante y que este tendrá el medicamento en su poder. La política puede exigir que la notificación incluya un plan desarrollado por el profesional de la salud para cualquier estudiante que cumpla los requisitos, o según lo considere apropiado la enfermera escolar o el administrador escolar en consulta con esta. […] Los factores que se deben considerar al establecer dichas restricciones incluyen la edad o madurez del estudiante, su grado de responsabilidad, el tipo de medicamento y si la posesión o autoadministración del medicamento por parte del estudiante representa un riesgo significativo de daño para sí mismo o para otros estudiantes. 1 CCR 301-68 .

Además, todos los estudiantes con diabetes deben tener acceso (según corresponda) a equipos de monitoreo de glucosa, medicamentos orales o inyectables, como insulina y glucagón, suplementos nutricionales como refrigerios y una fuente de glucosa de acción rápida. El estudiante debe conocer el equipo utilizado para el manejo de su diabetes (p. ej., jeringas, pluma de insulina, bomba de insulina), tener acceso a un sistema de registro para sus lecturas de glucosa en sangre, dosis de insulina y acceso a un baño. Rol de la Enfermera Escolar en el Cuidado y Manejo del Niño con Diabetes en las Escuelas y Guarderías de Colorado.

5. ¿Colorado permite que los estudiantes con diabetes lleven teléfonos celulares o dispositivos inteligentes para fines médicos?

A partir de julio de 2026, las escuelas o distritos escolares de Colorado deben adoptar, implementar y publicar en su sitio web una política sobre la posesión y el uso de dispositivos de comunicación por parte de los estudiantes durante la jornada escolar. “La política no debe prohibir que un estudiante posea y use un dispositivo de comunicación durante la jornada escolar si dicha posesión y uso son necesarios como adaptación para una comunicación efectiva de conformidad con la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (42 USC, sec. 12101 y siguientes); para cumplir con el programa educativo individualizado del estudiante, según se define en la sección 22-20-103, o con el plan 504 del estudiante, según se define en la sección 22-20-123; o para supervisar o abordar la condición médica del estudiante”. HB 25-1135

Si su hijo tiene dificultades para acceder al teléfono celular en la escuela, comuníquese con nosotros al 1-800-DIABETES o envíe un correo electrónico a [email protected] . Puede encontrar recursos adicionales en nuestra página de Seguridad Escolar .