Seguro en la escuela

Luisiana

Acerca de esta información:
Esta información fue preparada por la División de Defensa Legal de la Asociación Americana de la Diabetes® (ADA), líder nacional en información y defensa de la diabetes. Esta información abarca las normas estatales sobre el cuidado de la diabetes en las escuelas de Luisiana y podría no incluir todas las normas relevantes ni los detalles importantes. Si bien la ADA se esfuerza por proporcionar información actualizada, las leyes y los recursos pueden cambiar con frecuencia. Esta información no constituye asesoramiento legal y se recomienda buscar asesoramiento legal profesional según sea necesario.

1. ¿Permite Luisiana que el personal escolar que no sea profesional de la salud administre insulina?

. Si una escuela tiene un niño con diabetes, el director puede contratar auxiliares de salud sin licencia. Estos deben estar capacitados para administrar insulina.

“Un asistente de atención de diabetes sin licencia, de acuerdo con el plan de manejo y tratamiento de la diabetes registrado para un estudiante, puede brindar atención de diabetes a un estudiante o ayudarlo en el autocuidado de su diabetes, lo que incluye […] (a) Controlar y registrar los niveles de glucosa y cetonas en sangre. […] (d) Administrar, o ayudar a un estudiante a administrarse, insulina a través del sistema de administración de insulina prescrito en el plan de manejo y tratamiento de la diabetes del estudiante”. RS 17:436.3(C)(4) .

2. ¿Permite Luisiana que el personal escolar que no sea profesional de la salud administre glucagón?

Sí. Como se indicó anteriormente, el director puede contratar auxiliares de salud sin licencia que recibirán capacitación para administrar glucagón y otros tratamientos de emergencia según lo prescrito en el plan de control y tratamiento de la diabetes del estudiante. RS 17:436.3(C)(4) .

3. ¿Permite Luisiana que los estudiantes autogestionen su atención de la diabetes en la escuela, en cualquier momento y en cualquier lugar?

Sí. Luisiana permite claramente el control de la glucosa, la administración de insulina y cualquier otro tipo de atención para la diabetes en cualquier momento y lugar.

“[…] una escuela deberá permitir que el estudiante se ocupe del autocontrol y cuidado de su diabetes, lo cual puede incluir las siguientes actividades: (a) Realizar controles del nivel de glucosa en sangre. (b) Autoadministración de insulina a través del sistema de administración de insulina especificado en el plan de control y tratamiento de la diabetes del estudiante. (c) Tratamiento de la hipoglucemia y la hiperglucemia según lo especificado en el plan de control y tratamiento de la diabetes del estudiante. […] (e) Atender de cualquier otra manera el control y cuidado de la diabetes del estudiante en el aula, en cualquier área de la escuela o en las instalaciones escolares, o en cualquier actividad relacionada con la escuela.” RS 17:436.3(D) .

4. ¿Permite Luisiana que los estudiantes lleven suministros para la diabetes, como agujas, insulina y dispositivos de control de glucosa en sangre?

Sí. Los estudiantes pueden autogestionar su diabetes, lo que incluye tener en su poder, en cualquier momento, los suministros o equipos necesarios para controlar y atender su diabetes ( RS 17:436.3(D)(d) .

5. ¿Permite Luisiana que los estudiantes con diabetes lleven teléfonos celulares o dispositivos inteligentes para fines médicos?

. Luisiana prohíbe el uso de teléfonos celulares a los estudiantes en las instalaciones escolares. Sin embargo, existe una exención para los estudiantes que usan teléfonos celulares de acuerdo con su plan 504 o Plan de Salud Individualizado.

Ningún estudiante deberá poseer consigo un dispositivo electrónico de telecomunicaciones durante la jornada escolar. Si un estudiante trae un dispositivo electrónico de telecomunicaciones a cualquier edificio de una escuela pública primaria o secundaria, o a sus instalaciones, durante la jornada escolar, dicho dispositivo deberá apagarse y guardarse adecuadamente durante la jornada escolar o se prohibirá su uso durante la misma. […] Las disposiciones del subpárrafo (a) de este párrafo no son aplicables a un estudiante cuyo Programa de Educación Individualizado (PEI), Plan de Adaptación Individualizado (PAI), plan de la Sección 504 o Plan de Salud Individualizado (PSI) requiera el uso de un dispositivo electrónico de telecomunicaciones. LRS 17:239(A)

6. Otras cuestiones estatales

  • ¿Permite Luisiana que un conductor de autobús proporcione atención para la diabetes?

Sí. Un conductor de autobús puede supervisar a un estudiante con diabetes y brindar atención básica de emergencia:

“Con el permiso por escrito de los padres o tutores legales de un estudiante, una escuela puede proporcionar a un empleado escolar responsable de brindar transporte a un estudiante con diabetes, o de supervisar a un estudiante con diabetes durante una actividad fuera del campus, una hoja informativa que proporcione la siguiente información: (a) La identidad del estudiante con diabetes. (b) Una descripción de las posibles emergencias que pueden ocurrir como resultado de la diabetes del estudiante y las respuestas apropiadas a dichas emergencias. (c) El número de teléfono de la persona a contactar en caso de una emergencia que involucre al estudiante con diabetes”. RS 17:436.3(E) .

Recursos:
Para obtener más información, consulte los siguientes recursos útiles:

Hay recursos adicionales sobre Seguridad Escolar disponibles en diabetes.org/safeatschool . Para recibir información y orientación sobre un problema de diabetes en la escuela, comuníquese al 1-800-DIABETES (1-800-342-2383) o a AskADA@diabetes.org .